Gobierno y sindicatos acuerdan las medidas a adoptar en la Administración General del Estado con motivo de la aprobación del Plan para la transición hacia la nueva normalidad

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La ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias,
se ha reunido por videoconferencia con los sindicatos CSIF, UGT, CCOO y CIG, como
representantes en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, con
quienes ha firmado por vía electrónica el acuerdo sobre medidas organizativas para la
incorporación presencial progresiva de los empleados y empleadas públicas de la Administración
General del Estado, en el marco del Plan de Transición a la Nueva Normalidad.
Acuerdo que suscriben Gobierno y sindicatos de la Función Pública
El acuerdo alcanzado se resume en los siguientes puntos: garantizar la salud de las empleadas y
empleados públicos, medidas en el plano organizativo para el adecuado desarrollo de sus
funciones, cumpliendo todas las medidas de protección de la salud dictadas por las autoridades
sanitarias, que se plasmará en una resolución del Secretario de Estado de Política Territorial y
Función Pública, cuyo contenido se ha negociado entre Gobierno y sindicatos, de cara a su
aplicación en la Administración General del Estado y que serán objeto de tratamiento en las mesas
delegadas y órganos de representación en los diferentes departamentos y organismos públicos.
Dado que las modalidades de trabajo a distancia se han revelado como un instrumento esencial
para la continuidad en la prestación de los servicios, sin existir en la actualidad un marco mínimo
común en la Administración General del Estado que las regule, se convocará a las organizaciones
sindicales de la Mesa General de la AGE para constituir un grupo de trabajo de cara al desarrollo
normativo de las modalidades de trabajo a distancia. Asimismo, se constituirá una comisión de
seguimiento para el desarrollo de este acuerdo.

Resolución del Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública
Ante el escenario general de una transición gradual, asimétrica y coordinada, se hace
imprescindible iniciar la recuperación de la normalidad en el ámbito laboral de la Administración
General del Estado, por lo que se publicará una Resolución del Secretario de Estado de Política
Territorial y Función Pública, que aunará dicha progresividad con las necesarias garantías de
seguridad y salud para las empleadas y los empleados públicos en el desempeño de sus
funciones. Los centros de trabajo deberán, a su vez, implementar los protocolos, códigos de
buenas prácticas y procedimientos de seguridad y salud pública del Ministerio de Sanidad.
Priorización de trabajo no presencial
Se priorizará la prestación del trabajo en modalidades no presenciales, respetando los principios de
corresponsabilidad e igualdad de trato, hasta alcanzar la fase de la nueva normalidad. Las
modalidades de trabajo no presenciales podrán, puntual o periódicamente, compatibilizarse con
modalidades presenciales de prestación del servicio para facilitar la incorporación gradual, mediante
turnos, de las empleadas y empleados públicos.
Se deberá priorizar la prestación de trabajo en modalidades no presenciales para las empleadas y
empleados públicos pertenecientes a los colectivos definidos por el Ministerio de Sanidad como
grupos vulnerables para la COVID-19 y para las empleadas y empleados públicos con personas
menores o mayores dependientes a su cargo, o afectados por el cierre de colegios o de mayores.
No incorporación al trabajo.
No podrán incorporarse al trabajo los empleados y empleadas públicos mientras se encuentren en
alguna de las siguientes circunstancias: incapacidad temporal por la COVID- 19, tener o haber
tenido sintomatología reciente relacionada con la COVID-19, haber estado en contacto estrecho con
personas afectadas por esta enfermedad, las empleadas y empleados públicos pertenecientes a los
colectivos definidos en cada momento por el Ministerio de Sanidad como grupos vulnerables para
la COVID-19 no se incorporarán en las fases 0 y I. Para una incorporación en fases posteriores será
preciso que el servicio de prevención de riesgos laborales evalúe su presencia.
Criterios de asignación de modalidades de trabajo
Para una adecuada organización del trabajo se tendrán en cuenta los siguientes factores: naturaleza
de las funciones a desarrollar, ubicación geográfica en el territorio, ubicación en el centro de trabajo
ya sea en despachos individuales, compartidos o zonas abiertas, debiendo garantizarse la distancia
de 2 metros entre los puestos de trabajo ocupados para hacer efectiva la incorporación, el grado de
accesibilidad del centro de trabajo para las personas con discapacidad y la necesidad de uso de
aplicaciones informáticas o cualquier otro tipo de herramientas no disponibles a distancia.
Atención al público.
En los servicios de atención al público se priorizará la atención telefónica y telemática. Para el caso
de atención presencial será precisa la cita previa y se limitará el aforo. Deberán adoptarse las
medidas necesarias para minimizar los posibles riesgos para la salud.

Flexibilización horaria
La flexibilización de la jornada laboral será de aplicación al personal al servicio de la Administración
General del Estado, con la finalidad de evitar al máximo cualquier riesgo para la salud de los
empleados y empleadas públicas. Cada departamento deberá autorizar la flexibilización horaria
correspondiente a cada caso, con independencia de la modalidad de prestación de servicios,
recomendándose el uso de fórmulas de jornada continuada.
Fases de la transición.- En las Fases 0, I, II y III se reincorporarán las personas imprescindibles
que prestan servicio en los sectores de actividad relacionados en cada fase del Plan para la
Transición hacia una nueva normalidad y quienes garanticen el trabajo de estos, como servicios de
riesgos laborales y sanitarios.
Nueva normalidad.- En esta fase que se iniciará una vez finalizada la Fase III, cuando así lo
determine el Ministerio de Sanidad, se regirá de acuerdo con las instrucciones de carácter
organizativo que se dicten en su momento, estableciéndose nuevos protocolos de seguridad y salud
con la experiencia del aprendizaje de las fases anteriores y de acuerdo con lo que establezcan las
autoridades sanitarias.
El establecimiento de estas fases, sus plazos, así como el personal que haya de incorporarse en
cada una de las mismas, estará supeditado a las instrucciones en cada momento del Ministerio de
Sanidad.
Reuniones y viajes. Con carácter general las reuniones de trabajo se celebrarán mediante
audioconferencia o videoconferencia evitándose en lo posible las reuniones presenciales o que
impliquen desplazamientos a otra localidad. No se podrá asistir a reuniones que se celebren en
unidades territoriales diferentes a aquella en la que se encuentre el centro de trabajo, salvo por
causas excepcionales y justificadas. Asimismo, se suspenderán todos aquellos viajes de trabajo que
puedan solventarse mediante llamada o videoconferencia.
Cursos y actividades formativas. Las unidades responsables de la organización de cursos y
actividades formativas desarrollarán, con carácter prioritario, su actividad mediante medios
telemáticos, con la finalidad de minimizar los posibles riesgos para la salud.
Pruebas selectivas.
Desde el momento que finalice la suspensión de los plazos administrativos declarada por el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, las convocatorias de procesos selectivos se podrán tramitar con
carácter ordinario. El órgano convocante de cada proceso selectivo en curso deberá posponer la
celebración de pruebas selectivas presenciales de concurrencia masiva por el tiempo
imprescindible, de acuerdo con las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias.
Quedan exceptuados aquellos procesos selectivos relacionados con las medidas adoptadas para la
contención de la COVID-19, los que puedan celebrarse por medios telemáticos y aquellos que se
encuentren en fase de concurso. Igualmente se procurará articular los medios de carácter telemático
para la realización de los ejercicios que se encuentren en su fase de lectura presencial de carácter
individual por parte de la persona candidata.

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Diálogo social
Las medidas derivadas de la presente Resolución que se deban adoptar por parte de los
departamentos y organismos públicos de la Administración serán objeto de tratamiento previo en
las Mesas Delegadas o demás órganos de participación que correspondan según el ámbito.
Reconocimiento a las empleadas y empleados públicos
Por último, tanto el Gobierno como los sindicatos, han expresado su reconocimiento al conjunto de
empleadas y empleados públicos al servicio de la Administración General del Estado, por el
desempleo de su trabajo de forma ejemplar y por una profesionalidad contrastada en el
mantenimiento y prestación de los servicios públicos desde que se declaró la pandemia asociada al
COVID-19. Por este motivo, Gobierno y sindicatos hacen pública su felicitación y reconocimiento a
todo el personal.