Extracto de la Resolución de 5 de octubre de 2020, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se convocan subvenciones para asociaciones de pesca fluvial destinadas al fomento, mantenimiento y ordenado aprovechamiento de especies piscícolas de pesca fluvial en el Principado de Asturias 2020 y se autoriza el correspondiente gasto.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.—Beneficiarios.

Las Asociaciones legalmente constituidas con fines de fomento de la pesca fluvial. Federaciones de pesca fluvial.

Segundo.—Objeto.

Actividades de fomento, mantenimiento y ordenado aprovechamiento de especies piscícolas en el Principado de Asturias.

Tercero.—Bases reguladoras.

Resolución de fecha 3 de septiembre de 2018, de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (BOPA de 10-IX-2018).

Cuarto.—Importe.

La subvención a conceder por beneficiario no podrá superar, en ningún caso, el 20% del total disponible en la convocatoria (43.000 euros).

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.

15 días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos.

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) están publicadas las Fichas de Servicio de cada Líneas que se podrán localizar introduciendo el código 201053662 para solicitar la línea actividades de fomento, mantenimiento y ordenado aprovechamiento de especies piscícolas en el Principado de Asturias (situado en la parte superior derecha de la página) en la que encontrarán información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

 

En Oviedo, a 5 de octubre de 2020.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial.—Cód. 2020-08317.