El Principado destina 548.000 euros a las federaciones deportivas para la financiación de sus programas durante 2020. La Resolución se publica en el Bopa de este viernes con la cuantía concedida a cada una de ellas.

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aI. Principado de Asturias

• Otras Disposiciones

Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo

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Resolución de 23 de noviembre de 2020, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que
se conceden subvenciones con destino a federaciones deportivas para la financiación de sus programas durante
2020.

A la vista del informe que presenta la Comisión de Valoración sobre las solicitudes de subvención presentadas por las
Federaciones Deportivas del Principado de Asturias con destino a la financiación de sus programas durante el ejercicio
2020, conforme a los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de 29 de julio de 2020, de la Ilma. Sra. Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo,
se convocaron Subvenciones a Federaciones Deportivas del Principado de Asturias, para la financiación de sus programas
durante el ejercicio 2020.
Segundo.—Con fecha 5 de febrero de 2020 se dictó Resolución designando a la Comisión Técnica encargada de evaluar las solicitudes presentadas, la cual, reunida el día 8 de octubre de 2020, tras el estudio de las instancias presentadas
y aplicando los criterios establecidos en las Bases de la convocatoria eleva propuesta de concesión de subvenciones.
Tercero.—En el concepto 18 05.457A.482.036 de los vigentes Presupuestos Generales del Principado de Asturias para
el ejercicio 2020, existe consignación presupuestaria para hacer frente al pago de dichas subvenciones, habiendo sido
autorizado el gasto por Consejo de Gobierno de fecha 23 de julio de 2020.
Cuarto.—Las entidades propuestas para la concesión de las subvenciones no están incursas en ninguna de las prohibiciones que les inhabilite en su condición de beneficiario de acuerdo a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones. Igualmente las entidades beneficiarias han acreditado previamente a dictarse
la propuesta de resolución hallarse al corriente de sus obligaciones Tributarias y de Seguridad Social.
Quinto.—No figuran en el procedimiento ni se han tenido en cuenta otros hechos ni otras alegaciones ni pruebas que
las aducidas los solicitantes.
Sexto.—El plazo para la justificación de las subvenciones concedidas ante la Dirección General de Deporte, fijado en
la Resolución de convocatoria concluye el 16 de noviembre de 2020. No obstante, por Resolución posterior se amplía
dicho plazo al 4 de diciembre de 2020.
Fundamentos de derecho
Para el cumplimiento de los fines antes señalados se consigna crédito específico en la aplicación presupuestaria
18.05.457A.482. 036.
Primero.—El Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de subvenciones,
modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero; la Ley 38/2003, General de Subvenciones; R. D. 887/2006, de 21
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; Resolución de 11 de febrero de 2000,
de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el Régimen de Garantías para el abono anticipado de subvenciones;
Resolución de la Consejería de Educación y Cultura de 26 de mayo de 2017 (BOPA 31-05-2017), por la que se aprueban
las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones con destino a Federaciones Deportivas del Principado
de Asturias para la financiación de sus programas.; Resolución de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo
de 29 de julio de 2020 (BOPA 14-08-2020) por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones con destino a
Federaciones Deportivas del Principado de Asturias para la financiación de sus Programas durante el ejercicio 2020.
Segundo.—Conforme al artículo 25 t) de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del
Consejo de Gobierno, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar gastos cuya cuantía sea de su competencia conforme a la legislación vigente, legislación contenida en el Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de
junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, cuyo artículo 41, en relación
con el artículo 7 de la Ley del Principado de Asturias 8/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2020,
dispone que corresponde al Consejo de Gobierno la autorización de gastos por importe superior a 300.000 euros.
Vistos los Antecedentes de Hecho concurrentes y los Fundamentos legales de aplicación, por la presente,
http://www.asturias.es/bopa
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
núm. 230 de 27-xi-2020 2/3
Cód. 2020-10097

RESUEL V O
Primero.—Conceder las subvenciones, en la cuantía que se indica en el anexo I, a las Federaciones Deportivas allí
relacionas, y disponer el gasto correspondiente por importe de 548.000 euros (quinientos cuarenta y ocho mil euros),
con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.457A.482.036, el cual consta de dos hojas y comienza en el Expte.
AYUD/2020/23187 Federación de Ajedrez del Principado de Asturias, y finaliza en el Expte. AYUD/2020/22404.—Federación de Voleibol del Principado de Asturias.
Segundo.—Con carácter general las subvenciones concedidas se abonarán, conforme a la base novena de las que
rigen la presente convocatoria, una vez acreditada la ejecución de los programas subvencionados y previa justificación,
en tiempo y forma, de los gastos realizados.
No obstante lo anterior las subvenciones de importe inferior a seis mil diez euros (6.010 €) se abonarán a la firma de
la Resolución de concesión por la Ilma. Sra. Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo y por tanto con carácter
anticipado a la justificación del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida.
A tal fin se exonera a los beneficiarios de la prestación de garantía suficiente, si bien deberán presentar a tal efecto, y
con carácter previo al abono, acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones Tributarias y de Seguridad Social,
con la excepción de los beneficiarios de una subvención no superior a 3.005 € a quienes se exonera de esta obligación
formal.
Sin embargo podrán autorizarse abonos parciales, que consistirán en el pago fraccionando el importe total de la
subvención, previa justificación de la misma, y también podrán realizarse abonos anticipados totales o parciales en los
términos fijados en la Resolución de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el régimen
de garantías para el abono anticipado de subvenciones.
El abono anticipado de la subvención concedida no exonera de la presentación, en forma y plazo, de la justificación
del cumplimiento de la finalidad para la que fueron solicitadas y concedidas, de conformidad con lo dispuesto en Resolución de convocatoria.
Tercero.—El plazo para la justificación de las subvenciones concedidas ante la Dirección General de Deporte, fijado en
la Resolución de convocatoria concluye el 16 de noviembre de 2020. No obstante, por Resolución de fecha 29 de octubre
se amplía dicho plazo al 4 de diciembre de 2020, realizándose dicha justificación en los términos recogidos en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuarto.—Las entidades beneficiarias de la subvención están sujetas al cumplimiento de la base décima de las bases
reguladoras de la presente convocatoria.
Quinto.—Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), con lo que se entenderá
notificada a los interesados, surtiendo los efectos propios de la notificación de conformidad con el régimen establecido
en el artículo 41.6) de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Sexto.—Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contando desde el día siguiente
al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del
Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y
en el artículo 123 de la Ley 39/1995, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
En Oviedo, a 23 de octubre de 2020.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.—Cód.
2020-10097.
Anexo I

CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN A FEDERACIONES DEPORTIVAS 2020
N.º expediente Federación DNI/CIF Programa proyecto Propuesta
AYUD/2020/23187 AJEDREZ G33619057 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 15.000,00
AYUD/2020/22396 ATLETISMO G33113333 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 21.000,00
AYUD/2020/23793 AUTOMOVILISMO G33101460 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 13.000,00
AYUD/2020/23581 BADMINTON G33682345 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 18.000,00
AYUD/2020/23579 BALONCESTO G33642703 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 35.000,00
AYUD/2020/22409 BALONMANO G33642083 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 32.000,00
AYUD/2020/22413 BEISBOL Y SOFBOL V33637158 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 4.000,00
AYUD/2020/22425 BILLAR G33636580 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 9.000,00
AYUD/2020/22361 BOLOS G33037961 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 9.000,00
AYUD/2020/23544 CICLISMO G33088352 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 21.000,00
http://www.asturias.es/bopa
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
núm. 230 de 27-xi-2020 3/3
Cód. 2020-10097
N.º expediente Federación DNI/CIF Programa proyecto Propuesta
AYUD/2020/22405 DEPORTES DE INVIERNO Q8355001B FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 7.000,00
AYUD/2020/23791 DEPORTES DE MONTAÑA, ESCALADA Y SENDERISMO G33217480 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 11.000,00
AYUD/2020/22401 FÚTBOL G33680869 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 18.000,00
AYUD/2020/22431 FÚTBOL AMERICANO G52504479 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 3.000,00
AYUD/2020/22394 GIMNASIA G33643784 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 15.000,00
AYUD/2020/21685 GOLF G33687922 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 15.000,00
AYUD/2020/22416 HÍPICA G33687120 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 13.000,00
AYUD/2020/22398 HOCKEY G33641879 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 13.000,00
AYUD/2020/22367 JUDO Y D.A. G33100025 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 24.000,00
AYUD/2020/22366 KÁRATE Y DD.AA. G33084567 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 21.000,00
AYUD/2020/22403 LUCHAS OLÍMPICAS Y DD.AA. G33632878 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 11.000,00
AYUD/2020/23327 MOTOCICLISMO G33111634 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 9.000,00
AYUD/2020/23797 NATACIÓN G74429952 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 13.000,00
AYUD/2020/23549 PATINAJE G33092131 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 7.000,00
AYUD/2020/21728 PENTATLON MODERNO G33944117 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 13.000,00
AYUD/2020/22408 PESCA Y CASTING G33091992 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 21.000,00
AYUD/2020/23808 PETANCA G33092388 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 5.000,00
AYUD/2020/22374 PIRAGÜISMO G33086711 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 5.000,00
AYUD/2020/23798 REMO G33084591 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 15.000,00
AYUD/2020/22406 RUGBY G33635053 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 18.000,00
AYUD/2020/23803 SURF G33873308 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 13.000,00
AYUD/2020/22368 TAEKWONDO G33213844 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 15.000,00
AYUD/2020/22364 TENIS G33075128 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 9.000,00
AYUD/2020/23570 TENIS DE MESA V33081092 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 4.000,00
AYUD/2020/22356 TIRO CON ARCO V33636176 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 11.000,00
AYUD/2020/22421 TIRO OLÍMPICO G33078411 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 15.000,00
AYUD/2020/23330 TRIATLÓN G33377508 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 15.000,00
AYUD/2020/22404 VOLEIBOL G33627589 FINANCIACIÓN PROGRAMAS DEPORTIVOS DE LA FEDERACIÓN 32.000,00
TOTAL 548.000,00