El Bopa de este jueves hace pública la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora por el uso de las Instalaciones Deportivas Municipales del Ayuntamiento de Navia

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BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
núm. 242 de 17-xii-2020 1/1
Cód. 2020-10251
IV. Administración Local
Ayuntamientos
De Navia
Anuncio. Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal.
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Finalizado el plazo de exposición al público sin que se hubieran presentado reclamaciones, en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se transcribe el texto íntegro de la modificación de la siguiente ordenanza:
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el uso de las instalaciones deportivas municipales
“Artículo 4.º—Las tarifas se aplicarán con arreglo al siguiente cuadro:

Concepto Importe
1 Piscina, gimnasio y zona relax

1.1 Cuotas mensuales abonados
Abonado individual 29,47 €
Abonado individual “reducido” 21,23 €
Abonado familiar (matrimonio e hijos menores de 18 años) 37,52 €
Matrícula 21,07 €
Abonado joven deportista federado (14 a 18 años) 10,61 €

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1.2 Acceso a la instalación

Entrada individual 3,50 €
Entrada individual “reducida” 2,45 €
Entrada individual + actividad 6,10 €
Bono 10 usos (caducidad bono: 2 meses) 29,75 €
Bono 10 usos reducido (caducidad bono: 2 meses) 21,10 €

4 Clubes deportivos (entrenamientos)
Alquiler de campo sintético El Pardo (una hora y media) 5,50 €

En Navia, a 26 de noviembre de 2020.—El Alcalde.—Cód. 2020-10251.