De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/559846).
De conformidad con lo previsto en los artículos 18.2 y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el extracto de la convocatoria cuyo texto completo
puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.—Beneficiarios:
Clubes deportivos básicos del Principado de Asturias, legalmente constituidos, que organicen Eventos Deportivos
durante el ejercicio de 2021.
Segundo.—Objeto:
Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los clubes deportivos básicos del Principado
de Asturias durante el año 2021, siendo objeto de subvención la organización de eventos deportivos incluidos en el calendario de competiciones oficiales de las correspondientes federaciones deportivas, así como aquellas competiciones
cuya tradición y popularidad las hagan acreedoras de un tratamiento diferenciado.
Tercero.—Bases reguladoras:
Por Resolución de la Consejería de Educación y Cultura de fecha 1 de junio de 2017 (BOPA de 8 de junio de 2017).
Cuarto.—Cuantía:
— Cuantía total: 57.000.
— Cuantía máxima por proyecto: 8.000 euros.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias
Sexto.—Otros datos de interés:
En la Sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se
podrá localizar introduciendo el código AYUD0189T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario
normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Otra información específica:
Plazo de justificación: Dos meses desde la fecha de la celebración del evento. En el caso de eventos celebrados con
anterioridad a la fecha de Resolución de concesión de la subvención, deberá presentarse la justificación en el plazo de un
mes desde la publicación del extracto de dicha Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 15 de abril de 2021.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo.—Cód. 2021-04231.
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