Ayudas urgentes al Sector Turístico
Ayudas urgentes destinadas a personas autónomas y pymes del sector turístico, hostelero y de restauración afectadas por la crisis de la COVID-19.
Personas físicas trabajadoras por cuenta propia, las comunidades de bienes y sociedades civiles, las pequeñas y medianas empresas que desarrollen las actividades turísticas, de hostelería y restauración con domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y cuyas actividades y apertura la público hayan quedado suspendidas en virtud de lo previsto en las Resoluciones de la Consejería de Salud de 18 de agosto y de 3 de noviembre de 2020; integrados en los siguientes grupos y códigos CNAE:
- GRUPO I HOSTELERÍA: Código 55 Servicios de alojamiento y Código 56 Servicios de comidas y bebidas.
- GRUPO N ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES: Código 79 Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reserva y actividades relacionadas con los mismos.
- GRUPO R ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, RECREATIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO: Códigos 932 Actividades recreativas y de entretenimiento y 920 actividades de juegos de azar y apuestas.
La cuantía de la subvención estará en función del número de trabajadores asalariados, estableciéndose los siguientes tramos:
- Autónomos que no tengan trabajadores contratados por cuenta ajena o personas jurídicas con un único autónomo o varios autónomos societarios: Cuantía única de 1.500 €.
- Autónomos o personas jurídicas que tengan entre 1 y 4 trabajadores contratados por cuenta ajena: Cuantía única de 2.000 €.
- Autónomos o personas jurídicas que tengan entre 5 y 9 trabajadores contratados por cuenta ajena: Cuantía única de 3.000 €.
- Autónomos o personas jurídicas que tengan entre 10 y 249 trabajadores contratados por cuenta ajena: Cuantía única de 4.000 €.
Estas cuantías se verán incrementadas en el caso de autónomos y pymes que hayan permanecido cerrados desde el 18 de agosto hasta el 1 de noviembre, a razón de 1.500,00 € por cada mensualidad completa.
El plazo de presentación de solicitudes es de cinco (5) días naturales a contar desde el 17 de noviembre, fecha de entrada en vigor del decreto.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico (con el código de solicitud: AYUD0268T01 Ayudas urgentes al sector turístico, hostelero y de restauración afectado por la adopción de medidas para la contención de la COVID-19) disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias, siendo la fórmula de tramitación exclusivamente electrónica: