Entra en vigor el Plan de Gestión del Pulpo Común 2017/2018

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El Bopa de este lunes publica la resolución de 1 de diciembre de 2017, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se regula la pesca del pulpo común durante la campaña 2017/2018, y en colaboración con las Cofradías de Pescadores de Cudillero, Oviñana, Luarca, Puerto de Vega, Ortiguera, Viavélez, Tapia de Casariego y Figueras, con el objeto de preservar el recurso y mejorar su comercialización en el ámbito geográfico de las mismas.

El Plan de Gestión aspira a mantener, ampliar y mejorar, en la medida de lo posible, la recogida de datos de la pesquería y a establecer un sistema de cogestión que implique a todos los actores relacionados con la misma, con el objeto de que la sostenibilidad biológica del recurso vaya asociada con mejoras sociales y económicas del sector pesquero. El ámbito de aplicación del plan de gestión comprende desde la Ría del Eo hasta la Ría de San Esteban de Pravia. La resolución entra en vigor este mismo lunes.

El período hábil de pesca es el comprendido entre el 11 de diciembre de 2017 y el 13 de julio de 2018. La pesca de pulpo se realizará únicamente durante horas diurnas; las embarcaciones deben regresar a puerto antes de las 17.00 horas, y queda prohibido ejercer la actividad desde las 17.00 horas del viernes hasta las 24.00 horas del domingo. La normativa establece estos períodos de veda  para la captura de pulpo común: • Para el plan de gestión: desde el 14 de julio al 16 de diciembre de 2018.

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• Fuera del ámbito de aplicación del plan de gestión: desde el 1 de febrero al 1 de mayo de 2018.

• Pesca marítima de recreo en todo el territorio del Principado de Asturias: del 1 de enero al 28 de febrero y del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2018.

El peso mínimo de captura para el pulpo común será de 1 kg. Y el único aparejo permitido para la captura de pulpo como especie objetivo será la nasa de pulpo.  El número máximo de nasas por embarcación será de 125 por tripulante hasta un máximo de 350 por embarcación para embarcaciones de 3 o más tripulantes.  Y para la campaña 2017/2018, el cupo máximo de capturas será de 10.000 kgs por embarcación, sin perjuicio de que, a lo largo de la campaña, y en función de la evolución del recurso, puedan establecerse cupos diarios o semanales.